El pasado 15 de junio del 2022 entró en vigor el Decreto legislativo No. 66-2022 publicado en La Gaceta número 35,950 del 15, el cual viene a derogar los artículos que autorizaban la formalización de contratos de fideicomisos, de conformidad con lo regulado en los Decretos Legislativos siguientes:
- El Artículo 12 del Decreto Legislativo No.205-2005 contentivo de la Ley de Tránsito publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 3 de enero de 2006, que establece: “Créase el Fondo de Seguridad Vial (FSV)…”.
- El Artículo 29 del Decreto Legislativo No.15-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 19 de marzo de 2015 el que establece: “…Créase el Fondo de Solidaridad con el Migrante Hondureño…”.
- El Artículo 45 del Decreto Legislativo No.278-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de diciembre de 2013, el cual fue reformado mediante el Artículo 9 del Decreto Legislativo No.290-2013 en fecha 5 de abril del año 2014, que establece: “Fondo de Solidaridad y Protección Social Para la Reducción de la Pobreza Extrema…”.
- El Artículo 10 conforme en la FE DE ERRATA publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 11 de agosto de 2015 y refiere a la Ley Marco del Sistema de Protección Social, que establece: “Fondo de Solidaridad y Protección Social Para la Reducción de la Pobreza… ”
- El Artículo 40 del Decreto Legislativo No.98-2007 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 26 de febrero de 2008, que establece: “Constitución y Destino del Fondo para el Manejo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre…”
- El Artículo 41 del Decreto Legislativo No.98-2007 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 26 de febrero de 2008, que establece: “Administración del Fondo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre...”
- El Artículo 31 del Decreto Legislativo No.135-2008 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de enero de 2009, que establece: “créase el Fondo para el Fomento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME)...”.
- El Artículo 42 del Decreto Legislativo No.135-2008 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de enero de 2009, que establece: “…1) El Fondo de Servicios de Desarrollo Empresarial (FOSEDEH 2)...”.
- Los artículos 11 numeral 8); y 64 del Decreto Legislativo No-155-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de marzo del 2016, a través del cual se crea el “Fideicomiso de la Ley de Transporte Terrestre de Honduras”.
- Los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo No.171-2018 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 29 de Diciembre de 2018, a través del cual se crea el “Fideicomiso de Mejoramiento de la Infraestructura y Servicios Públicos del Departamento de Islas de la Bahía”.
- El Artículo 2 del Decreto Legislativo No.158-2008 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 25 de octubre del año 2008, a través del cual se crea el “Fideicomiso del ALBA”.
- Los artículos 30 y 31 del Decreto Legislativo No.105-2011 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 8 de Julio de 2011 que crea el “Fondo de Protección y Seguridad Poblacional”.
- Los artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo No.175- 2008 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 23 de diciembre de 2008 y sus reformas, que crea la “Ley de Apoyo Financiero para los Sectores Productivos de Honduras (BCHBANHPROVI)”.
- El Artículo 4 del Decreto Legislativo No.18-2021 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de abril de 2021, que crea el “Fondo de Fideicomiso de administración e inversión constituido en el marco de la Ley de Apoyo Financiero para los Sectores Productivos de Honduras (BCHBANHPROVI)”.
- El Artículo 1 de Decreto Legislativo No.97-2018 publicado el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 11 de octubre del 2018, que crea el “Fondo de Fideicomiso de Infraestructura Vial”.
- El Decreto Legislativo No.11- 2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 7 de marzo de 2020, que crea la “Fusión de Fideicomiso SITEC – Instituto de la Propiedad”.
- El Decreto Legislativo No.33- 2021 publicado el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 08 de junio del 2021, que establece: “CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA Y DESARROLLO DE PROYECTOS PÚBLICOS PARA CONTROL DE INUNDACIONES, MITIGACIÓN DE LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO, MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE UNA ALIANZA PÚBLICO-PRIVADA”.
- El Artículo 2 que adiciona el “Artículo 24-B” del Decreto Legislativo No.325-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 7 de marzo de 2014, contentivo de la “Creación de Fondo Fideicomiso FITT”.
- El Decreto Legislativo No.369-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de marzo de 2014, contentivo de la “Aprobación del Contrato de Fideicomiso FITT”.
Según la propia autoridad legislativa, dichas derogaciones se generan a raíz de que la creación de fideicomisos con fondos públicos ha debilitado gravemente la Cuenta Única del Tesoro de la República, reduciendo gravemente la transparencia con que se deben administrar esta clase de fondos; y que, bajo los contratos de Fideicomiso suscritos por el Estado con instituciones de crédito se han constituido a su vez contratos de préstamos con intereses que han llegado hasta el doce por ciento (12%) con instituciones del Sistema Financiero Nacional, los cuales contribuyen directamente a deformar las finanzas públicas.
De igual forma, este decreto instruye a instituciones de gobierno para que procedan a realizar la rescisión y liquidación de los contratos o convenios de fideicomisos suscritos en virtud de la anterior lista de decretos derogados.
En el caso de los contratos de préstamo en ejecución, la Dirección de Crédito Público realizará las negociaciones pertinentes con los acreedores con el fin de lograr la incorporación de los mismos a la Cuenta Única del Tesoro.
Finalmente, el decreto faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que proceda a la emisión de un Reglamento que regule la ejecución de las derogaciones aquí establecidas. Estar al tanto de los cambios regulatorios es un reto. Crea una cuenta gratuita en Valid y recibí notificaciones cada vez que se publique información de los temas que te interesan.