La Constitución Política de la República de Honduras declara que el país es un Estado soberano de Derecho, organizado como República libre, democrática e independiente, y que la protección de la persona humana y de sus derechos de propiedad es la máxima prioridad tanto de la sociedad como del Estado en sí. En consecuencia, el Estado hondureño tiene la obligación constitucional de aprobar las leyes, políticas públicas y acciones necesarias para mantener este principio.
El restablecimiento de los derechos y la protección de los grupos vulnerables, con medidas coordinadas dirigidas a mejorar sus condiciones de vida, han sido calificados por la Presidencia de la República como uno de los pilares en el Plan de Gobierno del Bicentenario para Refundar Honduras.
Se consideran miembros de grupos vulnerables a aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, desventaja, discriminación, desamparo u otras causas sociales, que carecen de capacidades de desarrollo para satisfacer sus necesidades básicas, lo que impide su integración en la vida productiva, su desarrollo y su acceso a condiciones dignas y a un mejor bienestar. Niños vulnerables en edad escolar, personas sin hogar, inmigrantes, personas con discapacidad, personas mayores que corren el riesgo de quedarse sin hogar, personas que sufren adicciones, personas discriminadas y/o sin acceso a la atención sanitaria, víctimas de delitos violentos, personas discriminadas que se identifican como parte de la comunidad LGBTIQ+, personas que son miembros de minorías étnicas discriminadas, entre otros.
En función de lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Social del Estado (SEDESOL) creó el Programa de Acción Solidaria (PROASOL), el cual entró en vigor el 11 de agosto de 2022 mediante su publicación en la gaceta número 35,999, con el objetivo de brindar asistencia social a los integrantes de los grupos vulnerables a través de la implementación de programas y proyectos dirigidos a estos grupos, los cuales son identificados por los sistemas de información social y las herramientas técnicas del Estado disponibles para este fin.
PROASOL está llamado a diseñar, estructurar, implementar, administrar y supervisar proyectos sociales para intervenir de manera sistemática y coordinada en las condiciones de desarrollo humano de los grupos vulnerables en los ejes de asistencia social, fortalecimiento humano, fortalecimiento educativo y salud complementaria. Lo anterior se ha dado como resultado de la formalización de finanzas a partir de convenios, acuerdos de financiamiento externo, aportaciones, acuerdos interinstitucionales, o la designación directa de
Mediante el uso de un sistema de información proporcionado por el Observatorio de Desarrollo Social, se logrará identificar los planes de atención pertinentes, implementar políticas públicas en materia social, articular proyectos orientados a las áreas de asistencia social, potenciar el fortalecimiento humano, educativo y en materia de salud complementaria para grupos vulnerables.
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